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Su equipaje será identificado con un número de tag al momento de despacharlo cuando realice el check-in de su vuelo. Usted recibirá por cada equipaje despachado un comprobante.

Asegúrese que la cantidad de comprobantes corresponda al número de piezas despachadas, y conserve él o los comprobantes hasta llegar a destino. Con él podrá identificar su equipaje según el número de tag.

Franquicia de equipaje:

•Aplicable para vuelos desde Uruguay, hacia  Europa y Medio Oriente. En caso de exceder la franquicia detallada, debera pagar por concepto de exceso de equipaje.                  
                                                       
                                                                               
CLASE EJECUTIVA             30KG                                               
CLASE ECONOMICA          25KG                                               
INFANTS                           10KG   


Para vuelos  regionales:
Equipaje:

Para todos los billetes emitidos a partir del próximo 1º de julio, y que correspondan a vuelos regionales a partir del 15 de julio, regirán las siguientes disposiciones:

Aplica en todos los vuelos regionales (no así en el caso de la ruta a Europa) los pasajeros pagarán en función del equipaje despachado.

Cada pasajero podrá llevar como máximo 2 bultos y cada pieza tendrá un máximo de 20 kg y  un costo de 20 dólares.
En su conjunto, cada pasajero podrá llevar en bodega un máximo de 2 bultos, con un peso total de 64 kilos, pagando Usd 3 (dólares) por cada kg de exceso que supere los 20 kg permitidos por pieza despachada.

En esta primera fase de implementación, PLUNA exonerará del pago de la primera pieza despachada (hasta 20 Kg) a los pasajeros que realicen el check in gratuito de su vuelo en nuestro sitio web www.flypluna.com.

Detalle de los costos vinculados al equipaje en bodega:

Aplica en Aeropuertos 

Costo por bulto de hasta 20kg 

 Exceso 
por Kg 

Máx. por Bulto 

 Cant. de bultos
permitidos por 
pasajero 

Límite de peso 

 Uruguay, Argentina, Chile y Brasil

 Usd 20

Usd 3 

32 Kg 

64 kg 


***En Aeropuertos de Brasil el primer bulto(máx. 20Kg) es free.

Aclaraciones importantes:

  1. Cobro del equipaje a partir del 15 de Julio, en todas las rutas excepto. 
  2. Se cobrará equipaje en todas los otros aeropuertos regionales, independientemente del lugar de emisión del TKT.
  3. Todos los pasajeros que realicen Web Check-in no abonan la primer pieza del equipaje.

Existen restricciones en cuanto al  despacho en bodega de  instrumentos musicales, animales y equipamiento deportivo. Estos se cobraran como exceso de equipaje (3 dólares por cada Kg.). Por más información haga Clic aquí.

Equipaje de mano

El bolso de mano debe tener un peso máximo de 8 Kg.

Dimensiones:

  • 40 cm x 32 cm x 20 cm  (largo + ancho + altura)  para vuelos regionales (equipo CRJ) El equipaje que supere estas dimensiones debe ser despachado y debe ir en bodega.

Para mayor seguridad, se debe transportar objetos de valor en el equipaje de mano, bajo su custodia:

 • Dinero
• Documentos
• Teléfonos celulares
• Cámaras de fotos
• Reproductores de MP3
• Reproductores de CD
• Medicamentos
• Alhajas
• Llaves
• Otros objetos que Ud. considere de valor

 

Artículos no permitidos en el equipaje de mano.

De acuerdo con las normas internacionales de seguridad, no está permitido el transporte de objetos punzantes o filosos tales como navajas, cuchillos, máquinas de afeitar, tijeras, alicates, etc.

SEGURIDAD PARA EQUIPAJES DE MANO APLICABLE A TODAS LAS RUTAS INTERNACIONALES (INCLUIDO PUENTE AEREO).

MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA EQUIPAJES DE MANO

Por resolución de la Autoridad Aeronáutica Uruguaya se restringe la cantidad de líquidos o sustancias de consistencia similar que los pasajeros pueden llevar consigo en su equipaje de mano. Estas medidas son aplicables a todas las rutas internacionales (incluido Puente Aéreo), y a pasajeros en tránsito por Montevideo.

De acuerdo a la Res. AVSEC N° 15, todo pasajero embarcando o en tránsito en MVD, se aplicará a partir de 2 de mayo 2007 las siguientes restricciones en lo que refiere a transporte de sustancias líquidas y sólidos blandos, incluyendo gel, pasta, crema, aerosol o similares en su equipaje de mano o portándolos consigo mismo:

• Todos los líquidos deben ser transportados en frascos con capacidad hasta 100ml, debiendo ser colocados en un embalaje plástico transparente, sellado, con capacidad máxima de 1 litro, no excediendo las dimensiones de 20 cm x 20 cm.

• No pueden ser transportados líquidos en frascos con capacidad mayor a 100ml., incluso si el frasco estuviese parcialmente lleno.

• Los frascos deben ser acondicionados adecuadamente (con espacio) en la bolsa plástica transparente, completamente sellada.

• La bolsa plástica debe ser presentada para inspección visual en el punto de inspección de embarque de pasajeros, siendo permitida solamente una bolsa plástica por pasajero.

• Están excluidos de los límites referidos:

   • Los medicamentos con la debida prescripción médica
   • La alimentación de bebés
   • Líquidos de dietas especiales, en la cantidad necesaria a ser utilizada en el período total de vuelo, incluido eventuales escalas, debiendo ser presentados en el momento de la inspección.

• Los líquidos adquiridos en “Free Shops”, o a bordo de aeronaves, pueden exceder los límites estipulados arriba, siempre que estén envueltos en bolsas plásticas selladas, y mostrando el recibo de compra con la fecha de inicio del vuelo, para pasajeros que embarcan o en conexión.
Esta medida no garantiza la aceptación del embalaje plástico sellado, por otros Estados en caso de conexión en sus aeropuertos, debiendo la compañía aérea informar al pasajero que se encuentre en esa situación, sobre la posibilidad de retención de su producto por las autoridades extranjeras.

• Con el fin de facilitar las inspecciones de seguridad, la bolsa plástica conteniendo los frascos con líquidos, debe ser presentada separadamente del equipaje de mano del pasajero, al igual que con sacos, chaquetas y “laptops”, para la inspección con los equipos de Rayos X.

Se consideran líquidos:

• Agua y otras bebidas, sopas, jarabes
• Cremas, lociones y aceites, incluida la pasta de dientes
• Perfumes
• Gel, (gel de ducha o champú)
• Envases presurizados, incluido espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes
• Aerosoles o cualquier otro de consistencia similar

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