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SILLA DE RUEDAS RAMPA.
Este servicio podrá ser solicitado cuando el pasajero puede subir o bajar la escalera y movilizarse dentro del avión.

SILLA DE RUEDAS ESCALERA.
Este servicio podrá ser solicitado cuando el pasajero puede movilizarse dentro del avión, pero no recorrer grandes distancias ni subir o bajar la escalera.

SILLA DE RUEDAS CABINA.
Este servicio podrá ser solicitado cuando el pasajero no puede movilizarse por sus propios medios.
Este pasajero está obligado a viajar acompañado en el caso de inmovilidad tanto de miembros inferiores como superiores, o en casos en los cuales se considere que la incapacidad exceda las responsabilidades del personal de cabina.

Si el pasajero viaja con su propia silla de ruedas, ésta debe ser ir en bodega.

Usted puede solicitar este servicio al efectuar su reserva y como mínimo con 24 horas de anticipación.

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